El gobierno acelera la prohibición de las 'narcolanchas' para que las mafias no las usen en el tráfico de personas

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Opta por un Real Decreto para incautar las de más de ocho metros de eslora o con una potencia superior a 150 kilovatios

El Consejo de Ministros ha aprobado este viernes acelerar la normativa para prohibir la navegación de las embarcaciones conocidas como 'narcolanchas' tras detectar que las mafias las usan, además de para el contrabando, para otros fines ilícitos como el tráfico de personas. El Real Decreto-ley afecta a las embarcaciones de más de ocho metros de eslora o que cuenten con una potencia superior a 150 kilovatios.
Según ha anunciado la portavoz del Gobierno, Isabel Celaá, el Consejo de Ministros reunido en Sevilla ha calificado como género prohibido este tipo de embarcaciones usadas con frecuencia por las mafias que operan en zonas como el Campo de Gibraltar para transportar estupefacientes entre Marruecos y la costa española.
El Ejecutivo ha justificado la urgencia en la detección de tráfico de seres humanos trasladados desde el Norte de África en 'narcolanchas'. De esta forma, este nuevo Real Decreto-ley sustituye y hace decaer el Anteproyecto de Ley de modificación de la Ley Orgánica de Represión del Contrabando presentado el pasado 13 de julio.
El Real Decreto-ley afecta a las embarcaciones neumáticas y semirrígidas de alta velocidad de más de ocho metros de eslora, así como a las de longitud igual o inferior que cuenten con una potencia máxima igual o superior a 150 kilovatios, y a cualquier otra embarcación, con independencia de dimensiones y potencia, si existen indicios racionales enumerados en la propia regulación de que pueden ser utilizadas para cometer o facilitar la comisión de un delito de contrabando.
En el Consejo de Ministros de julio se anunció una modificación de la ley de orgánica de represión del contrabando para prohibir las embarcaciones de alta velocidad usadas por las mafias del contrabando, las conocidas popularmente como 'narcolanchas'. El objetivo era que sólo pudieran ser usadas por organismos públicos o entidades encargadas de tareas de salvamento.
Según anunció entonces en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros la ministra de Hacienda, María Jesús Montero, el uso privado de estas embarcaciones pasaría a ser ilegal, ya que se impulsaría un registro en el que inscribir estas lanchas semirígidas.
"Con esta iniciativa se penalizará el uso ilegítimo de las embarcaciones que se utilizan para el contrabando, se podrán hace decomisos de embarcaciones cuando sean detectadas aunque no lleve carga ilícita e incoar sanciones", informó la titular de Hacienda, en un movimiento que dijo que está coordinado con el Ministerio de Interior.
Este viernes, el Ministerio de Hacienda ha justificado el Real Decreto como el instrumento más adecuado para llevar a cabo esta medida "por su extraordinaria y urgente necesidad". El Departamento ha recordado que desde 2012 a septiembre de 2018 las organizaciones de narcotraficantes han intentado introducir más de 165 toneladas de hachís utilizando este tipo de embarcaciones y se ha procedido por Vigilancia Aduanera a la intervención de 81 embarcaciones y a la detención de 282 personas.
INCAUTACIÓN POR MAR Y TIERRA
Mediante esta iniciativa se penalizará el uso ilegítimo de las embarcaciones semirrígidas y neumáticas de alta velocidad, denominadas 'RHIBS', permitiendo incautarlas incluso en tierra y sin carga ilícita e incoar los correspondientes expedientes sancionadores o formular las denuncias que resulten pertinentes.
El Real Decreto establece una serie de excepciones para aquellas lanchas adscritas a la defensa nacional, los buques o embarcaciones de Estado extranjeras que se encuentren legalmente en aguas españolas, las embarcaciones del Estado y administraciones territoriales o las adscritas a organizaciones internacionales reconocidas como tales en España.
Para garantizar el cumplimiento de esta norma se creará el Registro Especial de Operadores de Embarcaciones Neumáticas y Semirrígidas de Alta Velocidad, ubicado en la Agencia Tributaria, al que podrán acceder otros organismos, y un mecanismo de inspección y control que serán desarrollados reglamentariamente.