El gobierno confirma en el boe que no habrá movilidad entre provincias en la fase 3

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Hay varias novedades que afectan, sobre todo, a restauración y comercios minoristas, pero en cuestión de desplazamientos, el Boletín Oficial del Estado no incluye modificaciones sustanciales

Este sábado salía publicado todas las normas que regularán la fase 3 con varias novedades en cuanto a restauración y comercios minoristas, pero no en la movilidad entre provincias que continuará en espera. Una cuestión reclamada por varias comunidades autónomas en los últimos días, como en Andalucía, donde su presidente, Juan Manuel Moreno Bonilla, pedía el adelanto de la movilidad entre provincias en la fase 3.
Con esta medida ya confirmada, el BOE limita los viajes a las condiciones que ya se han reflejado en fases anteriores. Se podrá circular por la provincia, isla o unidad territorial de referencia a efectos del proceso de desescalada. Habrá que esperar por tanto, a la “nueva normalidad” para viajar entre provincias, salvo modificaciones futuras.
Cabe recordar en este punto que, más allá de lo reflejado en el BOE, el propio Ministro de Sanidad puede, en atención a la evolución de la emergencia sanitaria, dictar órdenes e instrucciones en relación con las actividades y desplazamientos con el alcance y ámbito territorial que en aquellas se determine.
El próximo lunes entrarán en la fase 3 las islas de Formentera y tres islas de Canarias. El resto del territorio nacional tendrá que esperar, al menos, otra semana más para poder avanzar en la “nueva normalidad”.
LAS 5 EXCEPCIONES POR LAS QUE YA SE PUEDE VIAJAR ENTRE PROVINCIAS
Existen cinco excepciones a la prohibición de viajar entre provincias, las cuales recoge el Boletín Oficial del Estado. Se trata de cinco situaciones justificadas en las que las autoridades no pueden sancionarte si realizas un cambio de provincia, siempre y cuando puedas probar que es por alguno de estos motivos. Estas excepciones, según el BOE, son las siguientes:
Viajes por motivos sanitarios.
Viajes por motivos laborales, profesionales o empresariales.
Viajes de retorno al lugar de residencia familiar.
Viajes para asistencia y cuidado de mayores, dependientes o personas con discapacidad.
 Viajes por causa de fuerza mayor o situación de necesidad o cualquier otra de análoga naturaleza.