Las personas beneficiarias de los ERTES podrán fraccionar el pago en la declaración de la Renta
Se trata de una medida del Gobierno para compensar la difícil situación derivada de la pandemia y ante la baja tributación de cantidades que paga el SEPE.
El Boletín Oficial de Estado contempla el pago fraccionado de la declaración de la Renta de 2020 para las personas incluidas dentro de los ERTES por la pandemia. Se trata de una medida impulsada por el Gobierno ante la baja tributación de las cantidades que paga el SEPE. Entre los requisitos está no tener una deuda tributaria mayor de 30.000 euros y presentar la declaración en plazo voluntario de autoliquidación e ingreso.
El plazo para fraccionar el pago tributario sería del 20 de julio al 20 de diciembre, en cuotas que faciliten subsanar la deuda. Se trata de una ayuda económica dada la peculiar situación que han vivido las personas incluidas en los Expedientes de Regulación Temporal de Empleo.
Los requisitos son no tener una deuda mayor de 30.000 euros con Hacienda y presentar la declaración en plazo voluntario de autoliquidación e ingreso. Así no podrán pedir el fraccionamiento aquellas personas acogidas al régimen fiscal especial aplicable a los trabajadores desplazados a territorio español.
Existen dos formas de solicitar el fraccionamiento, al presentar la declaración, dentro de la página oficial de la Agencia Tributaria, en la opción ‘Otras modalidades de pago’ y ‘Reconocimiento de deuda con solicitud de aplazamiento’; o bien si ya se ha presentado la declaración en las opciones ‘Trámites destacados’, luego a ‘Pagar, aplazar y consultar deudas’, ‘Aplazar y fraccionar’ y finalmente ‘Solicitar’.