El IAM concede 207 ayudas hasta el mes de julio

El IAM otorga ayudas a las mujeres víctimas de violencia de género
El IAM otorga ayudas a las mujeres víctimas de violencia de género
Redacción OC

El ente de la Junta de Andalucía otorga 1,2 millones en subvenciones a mujeres en el primer semestre del año. Desde el organismo se señala que se han superado las realizadas el pasado ejercicio.

Un total de 207 mujeres víctimas de violencia de género en Andalucía han recibido ayudas económicas por valor de casi 1,2 millones de euros hasta el pasado mes de julio. Estas ayudas corresponden a las dos líneas de subvenciones del Instituto Andaluz de la Mujer (IAM) dirigidas a mujeres víctimas de violencia machista que tienen como objetivo contribuir a la recuperación integral de estas mujeres, potenciando su autonomía para que puedan salir de la situación de violencia, así como asegurar unos recursos económicos a aquellas destinatarias que cumplan los requisitos establecidos en las bases reguladoras.

La consejera de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad, Loles López, ha avanzado que “las ayudas otorgadas en estos primeros siete meses del año superan ya a las abonadas en todo 2021, cuando ascendieron a 180 con un coste total de 1.063.408 euros”.

De esta forma, las mujeres víctimas de violencia de género en Andalucía tienen a su disposición dos líneas económicas de subvenciones: la Línea 1 que  está dirigida a mujeres acogidas en el servicio integral de atención y acogida a mujeres víctimas de violencia de género o haberlo estado en el plazo de seis meses con anterioridad a la solicitud, con ingresos inferiores al Salario Mínimo Interprofesional, que cuenten con un Informe positivo del equipo técnico emitido por el Centro Provincial de la Mujer o el propio Servicio integral de atención y acogida a mujeres víctimas de violencia de género. En esta línea se han concedido hasta julio 32 ayudas por 114.985 euros. En todo 2021 se resolvieron 22 solicitudes por 84.550 euros.

La cuantía de la ayuda varía según las circunstancias personales, familiares y/o sociales de la solicitante, no obstante, el importe mínimo será de una vez el Salario Mínimo Interprofesional vigente y el máximo será de seis veces el Salario Mínimo Interprofesional vigente. Además, en el texto de la convocatoria se establece que el periodo de presentación de solicitudes será durante la acogida de la mujer en los centros de acogida del Instituto Andaluz de la Mujer y en el plazo de seis meses posteriores a su salida. Las mujeres solicitantes deberán estar acogidas en el Servicio integral de atención y acogida a mujeres víctimas de violencia de género o haberlo estado en el plazo de seis meses con anterioridad a la solicitud, así como tener ingresos inferiores o iguales al Salario Mínimo Interprofesional, un informe positivo del equipo técnico del centro de acogida y no haber percibido la ayuda antes.

Mientras tanto, las ayudas de la Línea 2 están dirigidas a mujeres víctimas de violencia de género, domiciliadas en Andalucía, que acrediten la situación de violencia de género y que carezcan de rentas superiores al 75% del Salario Mínimo Interprofesional vigente. Es decir, que acrediten insuficiencia de recursos y unas especiales dificultades para obtener un empleo, así como para la concesión. Al igual que en la Línea 1, la cuantía varía según las circunstancias personales y/o familiares de la solicitante, pero el importe mínimo será de seis meses de subsidio por desempleo y el máximo será de 24 meses. En esta línea en lo que va de 2022 se han abonado 175 ayudas por un total de 1.081.064 euros, mientras que el pasado año se concedieron 158 ayudas por un importe de 978.858 euros.

Estas ayudas son compatibles con cualesquiera de las previstas en la Ley 35/1995, de ayudas y asistencia a las víctimas de delitos violentos y contra la libertad sexual, así como con cualquier otra ayuda económica de carácter autonómico o local concedida por la situación de violencia de género. Así, por ejemplo, ahora la demandante puede haber percibido la Renta Activa de Inserción (RAI) con anterioridad y eso no le impediría solicitar esta ayuda, siempre y cuando no la haya solicitado al mismo tiempo o la esté percibiendo en el momento de hacer la solicitud. La RAI igualmente acepta que la mujer haya percibido esta subvención.