Adiós al "spam" telefónico o llamadas basura

Las llamadas comerciales que no han sido solicitadas ya solo deberían recibirlas los usuarios que hayan dado previamente su consentimiento.
Las llamadas comerciales que no han sido solicitadas ya solo deberían recibirlas los usuarios que hayan dado previamente su consentimiento.
Redacción OC

La Asociación Española de Consumidores, ASESCON, recibe más de un centenar de consultas el primer día eliminación de las llamadas comerciales.

Apenas horas después de la entrada en vigor de la modificación del artículo 66 de la Ley General de Telecomunicaciones, que reconoce el derecho a no recibir llamadas no deseadas con fines de comunicación comercial, salvo que exista consentimiento previo del propio usuario para recibir este tipo de comunicaciones comerciales, la Asociación Española de Consumidores recibe en sus canales de consultas más de un centenar de consultas y reclamaciones referentes a este asunto.

Y es que se está produciendo lo que nos temíamos, la legislación no ha llegado a eliminar el spam telefónico al que estamos sometidos los consumidores. 

Desde nuestro punto vista la normativa cuenta con distintas posibilidades por las que las empresas, a modo de excepción, puede continuar con esta actividad de marketing agresivo. 

En primer lugar, pueden seguir con las llamadas si el usuario ha dado su consentimiento expreso. Esto se produce en los consentimientos que se dan en contratos o en internet. 

Otra excepción es la del “interés legítimo”, por el que, por ejemplo, una empresa de telemarketing puede ampararse en é cuando se trata de un cliente que ya tiene una relación contractual con la compañía y se alega que es una comunicación de seguridad para evitar el fraude de una compañía suplantadora y, de paso, vendernos un producto.

Ante esta situación, desde ASESCON recomendamos cancelar inmediatamente esos datos al recibir la llamada y, en el caso de persistir, realizar denuncia a través de nuestra organización a través del mail asescon.consultas@gmail.com para ser tramitada ante la Agencia Española de Protección de Datos. 

Finalmente, pedimos a las Administraciones Públicas con competencia en la materia que realicen inspecciones para comprobar el cumplimiento de la normativa, analizando los consentimientos de los consumidores y las grabaciones que se tienen que realizar.