SOCIAL

“No hay formación para acompañar en la tristeza de un bebé fallecido”

La norma se aplica desde el 9 de agosto y tiene dos años de carácter retroactivo
La norma se aplica desde el 9 de agosto y tiene dos años de carácter retroactivo
Redacción OC

Desde Matrioskas piden el registro de todos los menores que pierden la vida en el proceso de gestación tras la modificación de la Ley publicada por el Gobierno. La Asociación Andaluza de Apoyo al Duelo Perinatal aclara que se trata de un cambio de nomenclatura en el trámite burocrático y que no implica que tenga personalidad jurídica.

Nuevos pasos hacia la visibilidad del dolor de los progenitores cuando pierden a un bebé en el proceso de gestación . La Asociación Andaluza de Apoyo al Duelo Perinatal valora de forma positiva los avances logrados por el Gobierno actual en cuanto a la modificación de la Ley que valido el registro de los bebés fallecidos después de los 180 días de embarazo. Según el colectivo, el avance está en nomenclatura, ya que se trata de una norma de 2011 que ya permitía el registro de los menores para su entierro. No obstante, el gran cambio está en que el archivo civil llevaba hasta ahora el título de legajo de aborto, nombre que desparece, al igual que el del papel rosa del hospital que estaba encabezado por el título de Criaturas Abortivas. A partir de ahora, ese documento llevará el nombre de Nacidos sin vida. Además, en ese mismo documento, los padres también podrán poner nombre a su bebe e incluir a la figura del padre. 

No obstante, desde Matrioska aclaran que estos bebés carecen de personalidad jurídica y no están en el libro de familia, por lo que se trata de una medida que busca dignificar y validar la condición de los progenitores en el proceso del duelo ante la pérdida de un hijo. Piden que está consideración de inscripción en el registro se amplíe a todos los bebés que fallecen en el proceso de gestación o en el alumbramiento. 

El camino es largo hacia la visibilidad del dolor de la pérdida. Los profesionales del área maternal inciden en que “no hay formación en el acompañamiento de la tristeza por un bebé fallecido”. De ahí la necesidad de romper con los estereotipos positivistas en torno al parto y el nacimiento. Es el primer paso, según la asociación para avanzar en normalizar los casos en los que la gestación se ve interrumpida, ya que también forma parte de la realidad. 

Destacar que la modificación de la Ley 20/2011 afecta a todas aquellas defunciones acaecidas que cumplan las condiciones tras el 9 de agosto de 2023. Para aquellos que haya ocurrido con anterioridad a su entrada en vigor, se podrá iniciar siempre que así lo soliciten los progenitores en el plazo de dos años desde su publicación en BOE.