Justicia

TSJA ordena repetir un juicio a un condenado por maltrato al ver error en la absolución por violación

Vista de la Audiencia Provincial de Cádiz
Vista de la Audiencia Provincial de Cádiz
Europa Press

Según la sentencia ha estimado el recurso de la Fiscalía, que aduce que "resulta incongruente" que la Audiencia otorgara "plena credibilidad" a la denunciante respecto a los delitos por los que se ha condenado al acusado y que "dudara" cuando relató haber sido víctimas de numerosas agresiones sexuales

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha decretado la nulidad de la sentencia dictada por la Audiencia Provincial de Cádiz contra un joven, menor de edad en parte del intervalo en que se produjeron los hechos, condenado por malos tratos de manera habitual contra su novia, menor de edad, al ver error en la absolución de un delito continuado de violación. Asimismo, ha ordenado repetir el juicio con un tribunal distinto al que ha juzgado ya los hechos.

Según la sentencia, recogida por Europa Press, el TSJA ha estimado el recurso de la Fiscalía, que aduce que "resulta incongruente" que la Audiencia otorgara "plena credibilidad" a la denunciante respecto a los delitos por los que se ha condenado al acusado y que "dudara" cuando relató haber sido víctimas de numerosas agresiones sexuales.

El TSJA señala que una vez visionado el video del juicio, "se observa que la denunciante afirmó de forma tajante que en esas frecuentes ocasiones en que no deseaba mantener relaciones sexuales él le decía que o se estaba quieta o le pegaría".

Además, recuerda que en los hechos probados de la sentencia se recogen parte de los mensajes que el acusado remitió a la víctima (de cuya autenticidad no dudó la Audiencia), "en los que entre otras muchas expresiones amenazantes se contiene algunas de las que se deducía su propósito de atentar contra su libertad sexual".

Así, el TSJA coincide con la Fiscalía en que la sentencia "incurre en falta de racionalidad e incoherencia que debe ser anulada, al igual que el juicio que la precedió", por lo que resulta "necesario que se proceda a un nuevo enjuiciamiento de los hechos".

Los hechos juzgados ocurrieron entre junio de 2018 y febrero de 2020, cuando la víctima, nacida en septiembre de 2003, era menor de edad y el condenado, nacido en julio de 2001, cuenta con entre 17 y 18 años en el momento de lo ocurrido, donde en los hechos probados se aportan multitud de mensajes amenazantes como "ve preparando el maquillaje que te vas a poner, te voy a dar una paliza... te voy a dejar la cara preciosa" o "voy a saltar al instituto y te voy a llevar a rastras. Te voy a llevar al sillón y ya sabe lo que hay", e incluso agresiones a compañeros del instituto de la joven por haberla mirado o a una orientadora del instituto por hablar con ella en el despacho.