El gobierno deroga el despido por acumulación de bajas

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Fátima Sánchez

La medida hacía posible que se rescindiera el contrato por absentismo laboral continuado aunque estuviera justificado. Los sindicatos aplauden una medida que afectaba principalmente a mujeres y personas con alguna discapacidad

El Consejo de Ministros vuelve a tomar medidas económicas y laborales. En esta ocasión, ha sido la Reforma Laboral en uno de sus puntos. El Gobierno de la nación ha aprobado la derogación del artículo, que hasta el momento, posibilitaba el despido por una acumulación de bajas, aunque fueran justificadas.
Desde los sindicatos se congratulan por esta nueva iniciativa del ejecutivo central, tras la subida del salario mínimo interprofesional y las pensiones.
Esta opción del despido por bajas, incluida con la Reforma Laboral realizada por la administración central del PP en 2012, era refrendada el pasado mes de noviembre por una sentencia del Tribunal Constitucional. El Alto tribunal dictaba en contra de una cuestión de inconstitucionalidad planteada por un Juzgado de lo Social de Barcelona.
Desde las principales organizaciones sindicales se señala la derogación del apartado del artículo 52 como un paso más en el camino hacia el fin de la reforma laboral.
El artículo 52 apartado D del Estatuto que se ha revisado, permitía el despido si un empleado faltaba a su puesto el 20 por ciento de los días hábiles en un periodo de dos meses consecutivos, siempre que el total de faltas en los 12 meses anteriores alcanzara el 5 por ciento de las jornadas hábiles, o el 25 por ciento en 4 meses discontinuos.