Estafa

Penas de hasta dos años y tres meses de cárcel para ocho acusados de simular un accidente de coche en Chiclana

Imagen de archivo de la localidad gaditana
Imagen de archivo de la localidad gaditana
Europa Press

Los condenados se concertaron para aparentar un choque de circulación que "no tuvo lugar", con dos de ellos como propietarios de ambos vehículos supuestamente siniestrados y el resto como ocupantes

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha ratificado la condena dictada por la Audiencia Provincial de Cádiz que condena a ocho personas, con penas de hasta dos años y tres meses de cárcel, como autores de un delito de estafa y de falsedad consistente en la simulación de un accidente de tráfico en Chiclana de la Frontera por colisión entre dos vehículos, a fin de obtener por las compañías aseguradoras el pago de los gastos de reparación de uno de los vehículos implicados y de determinados gastos de atención sanitaria y fisioterapéutica.

Según la sentencia, recogida por Europa Press, en febrero de 2017 siete de los acusados, "con ánimo de enriquecimiento ilícito y puestos en común acuerdo", se concertaron para simular un accidente de tráfico que "no tuvo lugar", con dos de ellos como propietarios de ambos coches supuestamente siniestrados y el resto como ocupantes.

Además, como parte de esa simulación, los dos propietarios de los vehículos presentaron en ambas compañías aseguradoras factura de reparación y presupuesto de sus correspondientes vehículos, ambos documentos emitidos por el octavo acusado, trabajador en un taller, "a sabiendas de que los daños no se habían producido por el accidente simulado al no haberse producido siniestro".

Además, los siete supuestos accidentados consiguieron que las compañías aseguradoras les satisficieran la asistencia sanitaria por supuestas lesiones ocasionadas a consecuencia del accidente ficticio. Para ello, "acudieron en distintas fecha a urgencias donde cada uno de ellos fue refiriendo que sufría distintas dolencias por el accidente y fueron atendidos de las mismas", obteniendo cantidades de más de 3.000 euros cada uno. No obstante, las aseguradoras no han pagado cantidad alguna por los gastos de la reparación de los vehículos.

El TSJA señala que la cuestión controvertida se ciñee a determinar si existió o no una colisión entre los vehículos en los términos que se describen en el parte amistoso presentado en las respectivas compañías aseguradoras y la sentencia consideró probada la simulación y la falsedad tanto del parte amistoso de accidente, como la factura de reparación de uno de los vehículos efectuada sin examen previo de las aseguradoras del estado del coche.

Así, el TSJA ha desestimado los recursos presentados por los acusados donde pedían la nulidad de la declaración como testigos de dos policías, la vulneración del derecho a la presunción de cada uno de los condenados por insuficiencia de prueba, y alternativamente error en la valoración de las pruebas practicadas, así como infracción de la ley.

No obstante, el TSJA sí ha estimado el recurso correspondiente a dilaciones indebidas, aunque "tal apreciación carece de toda eficacia penológica" ya que la pena impuesta "no sólo es la mínima legalmente posible para el delito tal y como se ha calificado, sino que es incluso inferior a dicho mínimo, por lo que en nada puede afectar a la misma la apreciación de la atenuante" y la condena se queda como fue dictada por la Audiencia.

Así, los ochos acusados mantienen la condena de un años y nueve meses de prisión por el delito de estafa y falsedad, mientras que a tres de ellos se le suman seis meses más por un delito de estafa procesal en grado de tentativa por reclamar más de 9.000 euros a una de las compañías aseguradora de los coches, demandando en juicio ordinario, aunque no se ha dictado resolución al encontrarse suspendida su tramitación por causa de prejudicialidad penal con el presente procedimiento.